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¿Cuáles son las acciones que deben realizar las personas que llegan de viaje?

 

Deberán  permanecer aisladas por 14 días las siguientes personas:

  • Toda persona que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje al exterior o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19.
  • Las personas que posean confirmación médica de haber contraído  COVID – 19.
  • Las personas que tengan contacto estrecho con alguno de los casos mencionados en los puntos anteriores.
  • Quienes hayan ingresado al país los últimos 14 días después de haber estado en el exterior.

En todos los casos quienes ingresen al país después de haber estado en el exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.

 

Se recomienda reforzar las medidas de prevención para infecciones respiratorias:

  • Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón o utilizar soluciones a base de alcohol.
  • Toser o estornudar cubriéndose la boca con el pliegue del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser y desecharlo.
  • No llevarse las manos a los ojos, la nariz o la boca sin lavarse previamente las manos.
  • Desinfectar las superficies y los objetos que usamos frecuentemente (1 parte de lavandina por 9 de agua).
  • Ventilar los ambientes.
  • No automedicarse.

 

Si durante el aislamiento desarrolla fiebre, tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria, debe consultar inmediatamente al sistema de salud
Atención Telefónica 24 hs – Gobierno en Línea 148

 

No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.

Quienes no cumplan con el aislamiento serán denunciados penalmente para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

Las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 deberán reportarlo de inmediato al sistema de salud.